El derecho al olvido en Internet, ¿qué es?

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Cuando hablamos de derecho al olvido hacemos referencia al derecho que todas las personas tenemos de suprimir información y data que pueda estar relacionada a nosotros de Internet, sea real o no.

Es gracias al derecho al olvido que en la actualidad existen herramientas para que los motores de búsqueda desaparezcan o modifiquen cualquier información en la que se les menciona. 

Ejemplificando, si se trata de algo perjudicial para la imagen propia, o si se trata de alguna publicación de antigüedad que ya no es acorde a sus ideas, o también publicaciones fuera de contexto, entre otras razones.

Es importante destacar que el derecho al olvido no debe ser confundido o comparado al derecho a la intimidad y el honor.

¿Qué hacer para hacer valer el derecho?

Para ejercer el derecho al olvido se debe contactar directamente a los motores de búsqueda y solicitar que se eliminen, o se desvinculen de las búsquedas de Internet los datos que le estén generando incomodidad.

Cabe acotar que este derecho puede ejercerse por vía judicial en algunos países, en caso de que el medio que publicó la información se rehúse a removerla.

En Europa, a partir del presente año, se decretó una sentencia por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), más específicamente la:

sentencia del TJUE 13-5-14, asunto C-131/12, Google Spain, S.L., Google Inc. vs Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)

Esta establece que las personas interesadas tienen completo derecho a solicitar la remoción de datos de Internet, haciendo la solicitud a los motores de búsqueda, y si este mecanismo no funciona, entonces el caso podrá ser manejado por las autoridades.

La norma se hizo vigente como respuesta a un asunto prejudicial planteado por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional del Reino de España, a raíz de una disputa entre el ciudadano español, Mario Costeja González, y la empresa Google.

Estos se negaron a remover los enlaces que asociaban una noticia de hacía 16 años con dicha persona, que además estaba disponible en medios de comunicación, por lo que los datos tenían mucho alcance.

¿Cómo se procedió?

El afectado se dirigió hasta la Agencia Española de Protección de Datos, quienes manejaron el caso.

Ante esto, el Tribunal decretó que Google estaba obligado a retirar los enlaces asociados, puesto que la información ya no era pertinente, tratándose de una noticia de antigüedad.

Por su lado, el medio de comunicación que originalmente dio a conocer la información podría conservarla entre sus publicaciones.

Esto, dado a que el Tribunal consideró que se trataba de un comunicado que había sido hecho legalmente, cumpliendo con las normas de derecho a la información de su país.

Un punto a mencionar es que el Tribunal europeo no considera que la protección de los datos y el derecho a la privacidad deban estar por encima de la libertad de expresión.

Sin embargo, sí cree que los ciudadanos tienen derecho a que su caso se evaluado con detalle, uno a uno, para determinar si de hecho es necesaria la remoción.

¿Y Google?

Una vez que se hizo vigente el decreto la empresa anunció que establecería mecanismos más rápidos para poder remover información no deseada, cumpliendo con las normas establecidas por el Tribunal.

Sin embargo, Google no estará obligado a borrar los datos personales que hayan acumulado sobre el afectado, ni tampoco a desvincular enlaces a la información en cuestión si ésta sale de la jurisdicción europea.

Otro detalle importante a resaltar de éste decreto es que el derecho al olvido obliga a los motores de búsqueda a desvincular las noticias que son demasiado antiguas.

Por esto, la huella que se va dejando en Internet aunque esté disponible en los portales noticiosos no puede aparecer en los resultados de búsqueda; esto dado el caso de Costeja González.

Sinteticemos 

En resumen, el derecho al olvido nace como una reacción a la necesidad de controlar que cierta información esté fácilmente al alcance de cualquier usuario en Internet.

Parece contradictorio, puesto que mucha información, aunque no siempre, como es el caso de las noticias, es publicada por las mismas personas que solicitan su remoción.

Tal es el caso de las redes sociales donde las personas publican fotografías, textos y canciones considerándoles entretenidas o importantes, lo que podría suponer un lastre en su carrera profesional o para su estatus social dañando su reputación.

Cabe mencionar que, para algunos, el derecho al olvido es absurdo y la iniciativa de Mario Costeja no es más que una forma de censurar a una de las herramientas más importantes y útiles que ha creado la humanidad, los motores de búsqueda.

¿Cómo? Prohibiendo el acceso a toda la información existente sobre algo o alguien y sólo enalteciendo aquellos datos que no resulten perjudiciales para éstos.

Para algunos ciudadanos, el derecho al olvido les genera desconfianza en los buscadores de Internet, puesto que la información estaría sesgada por tales prohibiciones.

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